BÚSQUEDA Y SELECCIÓN DE PERSONAL
EL DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN LLAMA A SELECCIÓN ABIERTA PARA INCORPORAR
Distribuidor de alimentos
8 (ocho)
LLAMADO ABIERTO
DIRIGIDO AL PERSONAL DE LA INSTITUCION Y A TODA PERSONA EXTERNA AL HOSPITAL
Documentación a presentar
- CURRICULUM VITAE (firmado y foliado en todas sus hojas)
- DNI (original y fotocopia)
- CERTIFICADO DE ESTUDIOS SECUNDARIOS (original y fotocopia)
Requisitos y perfil
- Edad entre 18 a 35 años (No excluyente)
- Buena predisposición para relacionarse con el paciente.
- Capacidad para mantener en reserva la información confidencial a la que tenga acceso.
- Capacidad para cumplir normas de procedimiento.
- Capacidad para incorporar conocimientos y aplicarlos a su tarea.
- Capacidad para desarrollar trabajo en equipo.
- Buenas prácticas de higiene.
- Reconocimiento de la importancia de la alimentación para la recuperación de la salud.
- CONDICIONES FÍSICAS PARA EL DESARROLLO DE LA TAREA:
Permanecer mucho tiempo de pie.
Desplazar elementos con peso: Carro transportador de alimentos durante el servicio de comida de 80 kg. de peso.
Habilidad para manipular alimentos.
Condiciones de Ingreso
- ESTABLECIDAS EN LEY Nº 25.164, MARCO DE REGULACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO CAP. II Art. 4º (Requisitos), Art. 5º (Impedimentos)
- DECRETO Nº 214/06, HOMOLOGACIÓN AL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
- RESOLUCIÓN Nº 960/09
-
Fecha de Publicación
7 al 21 de Julio de 2011 (carteleras y página Web)
Fecha de Inscripción
La inscripción se realizará exclusivamente a través de internet los días 20 y 21 de Julio de 2011 (formulario página Web)
Integrantes del órgano de evaluación
- TITULARES:
- Dra. Liliana Vence- presidente titular
Lic. Cristina Bongiorno -vocal por especialidad
Lic. Evelina Maglila - vocal por especialidad
Dr. Daniel Capra - vocal por especialidad
Sra. Nora Pogonza - vocal por especialidad
- SUPLENTES:
- Lic. Mercedes Guillen - presidente suplente
Lic. Rosa Fontana - vocal por especialidad
Lic. Mariel Garcia - vocal por especialidad
Viviana Alonso - vocal por especialidad
Dra. Liliana Aguilar - vocal por especialidad
- VEEDORES GREMIALES:
- ATE
UPCN
Modalidad de evaluación
Evaluación de formularios de inscripción.
Examen de admisión: Teórico – Practico.
Entrevista Personal
Plazos de formulación de impugnaciones al órgano de evaluación
Cinco (5) días hábiles posteriores al cierre de la inscripción
Resolución de inicio







RECUSACIONES Y EXCUSACIONES (CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION):
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA
Art. 17. - Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto
EXCUSACION
Art. 30. - Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
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- INFORMES:
- Departamento de Personal - División Dotación, Registro y Selección
- Teléfono/FAX= 4469-9211 o 4469-9300 internos 1911 / 1912
- Correo electrónico: dotacion@hospitalposadas.gov.ar