En 1960, a través de la Ley Nº 15.465, se declaró obligatoria la notificación a las autoridades sanitarias de los casos de enfermedades infecciosas.
Infección Respiratoria Aguda: Bronquiolitis, Influenza y Neumonía
Infección Respiratoria Aguda: Estudio virológico
Otras enfermermedades de notificación obligatoria: DiarreaCálculos: Para la construcción de los corredores endémicos se deben utilizar tasas (casos/población*100000hab). Como nuestro hospital no atiende un área geográfica determinada se ha tomado como población el número de consultas anuales totales realizadas a los servicios correspondientes, y como población para el año en curso el promedio de dichas poblaciones.
Datos analizados: Se han utilizado los datos copiados por el Sector Epidemiología-Área Programática- de los libros del Servicio de Emergencia y el consultorio de ADE, de adultos y niños, e ingresados on line al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) del Ministerio de Salud de la Nación. El cumplimiento de estos pasos genera un retraso en la difusión de estos informes de dos a tres semanas epidemiológicas (SE).
Limitaciones de la vigilancia: Estos datos no permiten inferir etiologías. Como en todo registro pueden existir sesgos debidos a errores humanos en la sospecha diagnóstica, en el copiado de los diagnósticos, el ingreso de los mismos a la base de datos y el cálculo durante el análisis, pero a pesar de ello sirve para estimar la tendencia de las causas que generan las consultas de la población que concurre al Hospital.